Patentes Municipalidad de Tilarán


Procedimiento

1- Descargue y complete el formulario.
2- Adjunte la información que se le solicita Requisitos.
3- Entregue toda la documentación en la Oficina de Patentes

Descarga de Formularios

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Requisitos


La siguiente lista de requisitos está incluida también en el formulario de descarga.

1- Presentación de cédula de identidad del solicitante y/o del representante legal. Para ello, la funcionaria o el funcionario que reciba la gestión, debe verificar la identidad de la persona física o jurídica solicitante, revisar su cédula o documento de identidad y dejar constancia de dicha constatación.

2- Personería Jurídica ( no mayor a un mes de emitida ) en caso de que el propietario del negocio sea una persona jurídica.

3- Copia del Permiso Sanitario de Funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud o SENASA según corresponda.

4- Resolución Municipal que declara la ubicación de la actividad comercial "conforme" con la zona, N° _____________ Fecha __________________

5- Póliza de riesgos del trabajo que emite el Instituto Nacional de Seguros al efecto. Si se trata de actividades lucrativas explotadas por el núcleo familiar deberá presentarse el correspondiente certificado de exoneración extendido por el INS. Art 202 del Código de Trabajo.

6- EL SOLICITANTE está inscrito como patrono, trabajador independiente o en ambas modalidades, según corresponda, y al día en el pago de las obligaciones, de conformidad con los artículos 31 y 51 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.

7- Tanto el propietario del inmueble, como quien pretenda desarrollar la actividad comercial, se encuentran al día en el pago de los tributos municipales en favor de la Municipalidad de Tilarán.

8- Las propiedades a nombre tanto del propietario del inmueble como de quien pretenda desarrollar la actividad comercial actividad, tienen una declaración de valor vigente, de conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles.

9- Timbres fiscales ¢ 125.00

10- Timbre de Abogado por ¢ 250.00

11- En los casos en que se pretenda expender licor, deberá contarse con su respectiva patente de licores.

12- Los establecimientos en donde se expenda licor deberán atender las distancias establecidas en el la Ley de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico N° 9047.

13- Quienes pretentan brindar el servivio de perifonéo deberá aportar autorización del Consejo de Transporte Público (MOPT).

14- En el caso de minas o canteras deber´aportarse concesión extendida por el Registro Nacional Minero (MINAE).

15- Otros.
Prueba
Descripcion